Por el cual se adscriben al Habilitado del Estado Mayor las cuentas de la Escuela Superior de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1913-02-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

Decreta:

Artículo único. Adscríbense al Habilitado del Estado Mayor General las cuentas de la Escuela Superior de Guerra, que han venido a cargo del Contador de la Escuela Militar.

Este Decreto empezará a regir desde el 1° de enero del año en curso

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 24 de enero de 1913

CARLOS E RESTREPO

El Ministro de Guerra,

José Manuel ARANGO

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