Por el cual se destina el guardacostas número 1 al puerto de Cartagena

Rango Decreto
Publicación 1916-02-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. El guardacostas número 1 que está bajo la dependencia de la Administración de la Aduana de Barranquilla, pasará a la de la Aduana de Cartagena.

Queda en estos términos reformado el artículo 1.° del Decreto número 643 de 1915.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de enero de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Hacienda, Diego MENDOZA.

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