Por el cual se hacen unas modificaciones a la nomenclatura de empleos de que tratan los Decretos-Leyes 712, 1042 y 1044 de 1978
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,
DECRETA:
Artículo 1º Suprímese del artículo 27 del Decreto ley 1042 de 1978, la siguiente nomenclatura de empleo:
| Denominación | Código | Grado |
|---|---|---|
| Oficial de Catastro | 5130 | 11 |
| 09 | ||
| 07 |
Artículo 2º Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel directivo, establecida por los Decretos-leyes 712 y 1044 de 1978, así:
| Denominación | Código | Grado |
|---|---|---|
| Director General de Escuela Judicial | 0048 | 08 |
Artículo 3º Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel asesor, establecida en el artículo 23 del Decreto-ley 1042 de 1978, así:
| Denominación | Código | Grado |
|---|---|---|
| Asesor del Consejo Superior del Servicio Civil | 1008 | 04 |
| Director de Informática de la Presidencia de la República | 1009 | 04 |
Artículo 4º Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel profesional, establecida en el artículo 25 del Decreto-ley 1042 de 1978, así:
| Denominación | Código | Grado |
|---|---|---|
| Tecnólogo Especializado | 3090 | 06 |
| 04 | ||
| 03 |
Articulo 5º Adiciónase a la nomenclatura de empleos del nivel técnico, establecida en el artículo 26 del Decreto-ley 1042 de 1978, así:
| Denominación | Código | Grado |
|---|---|---|
| Topógrafo Tecnólogo | 4160 | 10 |
| 09 | ||
| Tecnólogo | 4165 | 10 |
| 09 | ||
| 08 | ||
| 07 | ||
| Oficial de Catastro | 4170 | 06 |
| 05 | ||
| 04 |
Artículo 6º Los cargos existentes en las distintas entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, correspondientes a la denominación que se suprime, continuarán vigentes hasta tanto dichas entidades modifiquen sus plantas de personal para ajustarlas a lo dispuesto en este Decreto.
Artículo 7º El presente Decreto rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de febrero de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Ericina Mendoza Saladén.
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