Por el cual se restablecen unos puestos en el ramo de Sanidad y se reforma en parte el marcado con el número 406 de 1915
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y vista la solicitud que hace la Junta Central de Higiene, en oficio número 2624 de fecha 2 de los corrientes,
DECRETA:
Artículo único. Restablécense los puestos de Médicos de Sanidad en los puertos de Barbacoas, Honda, Girardot y Puerto Berrío, con las asignaciones que les señalaba el Decreto número 406 de 1915, con excepción del de Barbacoas, que disfrutará de una asignación mensual de $ 150.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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