Por el cual el gobierno asume la administración de la línea de correos directa del Pacífico

Rango Decreto
Publicación 1935-03-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de abril del corriente año, asúmese por el Gobierno la administración de la línea de correos directa del Pacífico, en la forma que por el presente Decreto se determina.
Articulo 2° Créanse los siguientes cargos de conductores de correos:
Articulo 3° Señálanse a las Administraciones de Correos que a continuación se enumeran, las partidas siguientes como máximo, para que atiendan a los respectivos servicios de acarreos:
Artículo 4° Los gastos que ocasione el presente Decreto se imputarán al capítulo y artículo del Presupuesto Nacional correspondientes a conducción de correos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de marzo de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Benjamín SILVA HERRERA

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