por el cual se modifica la estructura del Ministerio del Interior y de Justicia y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2008-11-28
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y con sujeción a los principios y reglas previstos en el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I

Objetivos y funciones

Artículo 1º. Objetivos. El Ministerio del Interior y de Justicia tendrá los siguientes objetivos:
Artículo 2º. Funciones. El Ministerio del Interior y de Justicia tiene, además de las funciones determinadas en la Constitución Política y el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:
Artículo 3º. Dirección. La dirección del Ministerio del Interior y de Justicia estará a cargo del Ministro, quien la ejercerá con la inmediata colaboración de los Viceministros.
Artículo 4º. Integración del Sector Administrativo del Interior y de Justicia. El Sector Administrativo del Interior y de Justicia de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º del Decreto-ley 200 de 2003 está integrado por el Ministerio del Interior y de Justicia y las entidades adscritas y vinculadas que se enuncian a continuación. El Ministerio tendrá a su cargo la formulación de la política, así como la orientación del ejercicio de sus funciones y las de las entidades que conforman el Sector, de la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las potestades de decisión que les correspondan.

1.Son entidades adscritas:

1.1 Establecimientos Públicos:

1.1.1 Fondo para la Participación y el Fortalecimiento de la Democracia.

1.1.2 Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y Zonas Aledañas "Nasa Kiwe".

1.1.3 Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario.

1.2 Unidades Administrativas Especiales (Con personería jurídica):

1.2.1 Dirección Nacional de Derecho de Autor.

1.2.2 Dirección Nacional de Estupefacientes.

1.3 Superintendencia de Notariado y Registro.

2.1 Empresa Industrial y Comercial del Estado:

2.1.1 Imprenta Nacional de Colombia.

CAPITULO II

De la estructura y funciones de sus dependencias

Artículo 5º. Estructura. La estructura del Ministerio del Interior y de Justicia será la siguiente:

1.1 Oficina de Asesora de Planeación.

1.2 Oficina de Control Interno.

1.3 Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional.

1.4 Oficina de Asuntos Legislativos.

2.1 Dirección para la Democracia y Participación Ciudadana.

2.2 Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom.

2.3 Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.

2.4 Dirección de Gobernabilidad Territorial.

2.5 Dirección de Derechos Humanos.

2.6 Dirección de Gestión de Riesgo para la Prevención y Atención de Desastres.

3.1 Dirección de Acceso a la Justicia.

3.2 Dirección de Justicia Formal y del Derecho.

3.3 Dirección de Justicia Transicional.

3.4 Dirección de Ordenamiento Jurídico.

3.5 Dirección de Defensa Jurídica del Estado.

3.6 Dirección de Política Criminal y Penitenciaria.

3.7 Dirección de Política de Lucha contra las Drogas y Actividades Relacionadas.

4.1 Dirección de Infraestructura.

4.2 Dirección Jurídica.

4.3 Oficina de Sistemas.

5.1 Comité del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

5.2 Comisión de Personal.

5.3 Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo.

Artículo 6º. Funciones del Despacho del Ministro. La dirección del Ministerio del Interior y de Justicia está a cargo del Ministro, quien con la inmediata colaboración de los Viceministros ejercerá, además de las funciones consagradas en la Constitución y la Ley 489 de 1998, las siguientes:

Parágrafo. La función establecida en el numeral 20 es transitoria y permanecerá en el Ministerio en tanto la situación de orden público así lo amerite.

Artículo 7º. Funciones de la Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes:

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