Por el cual se traslada una partida en el Presupuesto de gastos de 1909

Rango Decreto
Publicación 1909-11-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1909, del Departamento del Tesoro, capítulo 59, artículo 308, la cantidad de ciento veinte mil pesos ($ 120,000) á la siguiente imputación:

MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO

DEPARTAMENTO DE LA DEUDA NACIONAL

Capítulo 61.

Deuda exterior-Deudas consolidada y flotante.

Deuda interior flotante.

Artículo 319. Para amortización de libranzas de ferrocarriles y otros documentos $ 120,000 120,000
Suma 120,000

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 11 de Noviembre de 1909.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Instrucción Pública encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro,

manuel DAVILA FLOREZ

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