Por el cual se suprime un servicio de Policía
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 11 del presente queda suprimida la Sección de Policía que ha venido prestando servicio en el ferrocarril Ibagué-Armenia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Fusagasugá a 11 de marzo de 1932.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Gobierno,
Agustín MORALES OLAYA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
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