Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1981-03-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébese el Acuerdo número 2 del 5 de febrero de 1981, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDO NUMERO 2 DE 1981

(febrero 5)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

Considerando:

Acuerda:

Artículo 1° Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café, presupuesto de inversiones de diversificación de la vigencia de 1980, aporte la suma de $ 10.000.000 al capital de la Comercializadora Agrícola Cafetera Ltda. (Comercafé).

Artículo 2° Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los cinco (5) días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y uno (1981).

El Presidente,

Miguel Holguín Calderón,

El Secretario,

José Fernando Jaramillo H.»

Artículo 2º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D E., a 26 de febrero de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesner Durán.

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