por el cual se adiciona el Decreto 3150 de 2005
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el Decreto 3150 de 2005 con el cargo de Comisionado de la Comisión Nacional del Servicio Civil, CNSC.
Artículo 2º. Los Comisionados de la Comisión Nacional del Servicio Civil, tendrán derecho a percibir la bonificación de dirección en las mismas condiciones y cuantía a que se refieren los Decretos 3150 y 3630 de 2005.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 3150 de 2005 y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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