Por el cual se reforma el marcado con el número 1782 de 1923
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de facultades legales,
decreta:
Artículo único. Refórmase el Decreto número 1782, de 29 de diciembre de 1923, sobre traslación de partidas de unos artículos del Presupuesto de Guerra a otros del mismo, en el sentido de que la suma de cinco mil pesos ($ 5,000) que se tomó del capítulo 41, artículo 398 (personal del Ejército), se reemplace por la misma cantidad, la cual se tomará del capítulo 45, artículo 432 (personal y material del cañonero Hércules).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de enero de 1924.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Guerra, Alfonso JARAMILLO.
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