Por el cual se modifica el prospecto de admisión para los aspirantes a cadetes de la Escuela Militar, aprobado por Decreto número 2268 de 1939

Rango Decreto
Publicación 1940-01-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Fíjanse las siguientes edades para los aspirantes a Cadetes de la Escuela Militar:

Curso General

Para 1º y 2º año, no ser menor de diez y seis (16) años, ni mayor de veinte (20), y

Para tercer año, no ser menor de diez y siete (17) años, ni mayor de veintidós (22).

ARTÍCULO 2°. Autorízase a la Dirección de la Escuela Militar para implantar la escala de calificaciones de uno (1) a cinco (5).
ARTÍCULO 3°. El alumno del curso general del mencionado Instituto que en los exámenes de fin de año pierda hasta tres (3) materias, tiene derecho a examen de habilitación. Si después de éste no las aprueba en su totalidad, puede repetir el año en calidad de alumno pensionado.
ARTÍCULO 4°. Las disposiciones contenidas en el presente Decreto modifican la parte pertinente del prospecto de admisión para los aspirantes a cadetes de la Escuela Militar, aprobado por Decreto número 2268 de 1939.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 19 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Guerra,

JOSÉ JOAQUÍN CASTRO M.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.