por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1987-03-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTICULO 1º Apruébase el Acuerdo numero 04 de febrero 19 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

"ACUERDO NUMERO 04 DE 1987

(febrero 19)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo 1º Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, como administradora del Fondo Nacional del Café y del patrimonio de éste, venda a la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Limitada, un lote de terrero con un área de 2.459 metros cuadrados, aproximadamente, segregado de otro de mayor extensión que posee en el Municipio de Bello, Antioquía.

Artículo 2º El precio de venta será por la suma de doce millones doscientos noventa y cinco mil pesos ($ 12.295.000), es decir a $ 5.000 el metro cuadrado, pagaderos en la forma que acuerde la Federación Nacional de Cafeteros.

Artículo 3º Facultar a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para realizar todos los actos que fueren necesarios para el perfeccionamiento de la presente operación.

Artículo 4º Someter el presente Acuerdo a la sanción ejecutiva del señor Presidente de la República, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Aprobado en Bogotá a los diecinueve (19) días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y siete (1987).

El Presidente,

ADOLFO FORERO JOVES.

El Secretario,

LUIS CARLOS VILLEGAS ECHEVERRI.

ARTICULO 2º Este Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de marzo de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

César Gaviria Trujillo.

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