Por el cual se crean unos puestos y se fijan unas asignaciones en el ferrocarril del Sur
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que se ha dado al servicio público el nuevo trayecto del ferrocarril del Sur, comprendido entre las estaciones, de Santa Isabel y de San Miguel, por lo cual se hace necesario la creación del personal que debe atender a esta última,
DECRETA:
Artículo 1°. Créanse los siguientes puestos en el ferrocarril del Sur, para la estación de
San Miguel, con las asignaciones mensuales que se indican:
Artículo 2°. Fíjanse las siguientes asignaciones mensuales a los empleados de la estación de Santa Isabel:
Artículo 3°. El presente Decreto surte sus efectos desde el día 1° del presente mes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de marzo de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Arturo HERNANDEZ C.
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