Por el cual se crea el Ministerio de Fomento y se suprimen los de Comercio e Industrias y Minas y Petróleos

Rango Decreto
Publicación 1951-03-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprimense los ministerios de Comercio e Industrias y Minas y Petróleos, y, en su lugar, crease el Ministerio de Fomento, que ocupará, en el orden de prelación de los Ministerios, el lugar que actualmente ocupa el de comercio e Industrias.
Artículo 2°. El Gobierno procederá a organizar el Ministerio de Fomento, determinando sus funciones, dependencias, personal y asignaciones, y queda autorizado para realizar las operaciones presupuestales correspondientes.
Artículo 3°. Mientras el Gobierno hace uso de las facultades de que trata el artículo anterior, funcionaran como dependencias del Ministerio de Fomento las que actualmente tienen los ministerios de comercio e Industrias y Minas y Petróleos, con el mismo personal y asignaciones.
Artículo 4°. El presente Decreto regirá desde el día primero (1º) de abril del año en curso, en cuanto a la creación del Ministerio de Fomento y a la supresión de los Ministerios de Comercio e Industrias y Minas y Petróleos; pero el Gobierno podrá hacer uso de las facultades que se le confieren el artículo 2º desde la fecha de la expedición de este Decreto.

Quedan suspendidas las disposiciones contrarias al presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de Febrero de 1951.

LAUREANO GOMEZ.

El Ministro de Gobierno,

Domingo SARASTY M.

El Ministro de Relaciones exteriores,

Gonzalo RESTREPO JARAMILLO

EL Ministro de Justicia,

Guillermo AMAYA RAMIREZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Encargado del Ministerio de Educación Nacional,

Antonio ALVAREZ RESTREPO.

El Ministro de Guerra,

Roberto URDANETA ARBELAEZ.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Alejandro ANGEL ESCOBAR.

El Ministro de trabajo,

Alfredo ARAUJO GRAU.

El Ministro de Higiene,

Alonso CARVAJAL PERALTA.

El Ministro de Comercio e Industrias,

Rafael AZULA BARRERA

EL Ministro Minas y Petróleos,

Manuel CARVAJAL SINISTERRA.

El Ministro de correos y Telégrafos,

José Tomás ANGULO.

EL Ministro de Obras Publicas,

Jorge LEIVA.

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