por el cual se modifica el Decreto número 191 del presente año y se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1938-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Rebájase en seis mil pesos ($ 6.000) la partida asignada en el inciso primero del artículo primero del Decreto número 191 de 1938, para excavaciones arqueológicas, compra de objetos arqueológicos, material, jornales, arreglo y ampliación del Parque Arqueológico de San Agustín, y gastos varios del servicio de arqueología, y en ocho mil pesos. ($ 8.000) la partida señalada en el inciso tercero del mismo artículo del citado Decreto, para organización de exposiciones, creación de monumentos y gastos ocasionados con motivo de la celebración del IV centenario de Bogotá, y del II centenario de la muerte de Gregorio Vásquez Arce y Ceballos, y para sueldos y gastos del Teatro Cultural.
Artículo 2° La partida de catorce mil pesos ($ 14.000) que, por las rebajas de que trata el artículo precedente, queda disponible en el artículo 375, Capítulo 52, de la Ley de Apropiaciones para la presénte vigencia fiscal, se destina para pago de materiales, impresiones, textos originales, colaboraciones y demás gastos de las publicaciones culturales del Ministerio de Educación Nacional.
Artículo 3° Queda en estos términos modificado el Decreto número 191 del año en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de marzo de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

José Joaquín CASTRO M.

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