por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Rango Decreto
Publicación 2006-12-27
Estado Derogada
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I

Misión, naturaleza y estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Artículo 1º. Misión.Corresponde al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República asistir al Presidente de la República en su calidad de Jefe de Gobierno, Jefe de Estado y Suprema Autoridad Administrativa en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y prestarle el apoyo administrativo necesario para dicho fin.

El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República tendrá como denominación abreviada la de "Presidencia de la República", la cual será válida para todos los efectos legales.

Artículo 2º. Naturaleza.El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República tendrá naturaleza especial y en consecuencia, una estructura y una nomenclatura de sus dependencias y empleos acordes con ella, de conformidad con lo establecido en la Ley 55 de 1990.
Artículo 3º. Funciones generales. El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, tendrá las siguientes funciones generales:
Artículo 4º. Integración del sector administrativo. El sector administrativo de la Presidencia de la República está integrado por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y las entidades adscritas.

Entidades adscritas: Establecimiento Público. Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional. -Acción Social-.

Artículo 5º. Estructura.La estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República será la siguiente:

CAPITULO II

Funciones de las dependencias

Artículo 6º.Despacho del Presidente de la República. Son funciones del señor Presidente de la República, las consagradas en la Constitución Política y en la ley.
Artículo 7º.Altas Consejerías y Consejerías Presidenciales. Son funciones de las Altas Consejerías y Consejerías Presidenciales, además de las contenidas en los actos de su creación, las siguientes:
Artículo 8º.Secretaría Privada. Son funciones de la Secretaría Privada:
Artículo 9º. Secretaría Jurídica. Son funciones de la Secretaría Jurídica:
Artículo 10. Secretaría de Prensa. Son funciones de la Secretaría de Prensa:
Artículo 11. Secretaría para la Seguridad Presidencial. Son funciones de la Secretaría para la Seguridad Presidencial:
Artículo 12. Casa Militar. Son Funciones de la Casa Militar:
Artículo 13. Despacho del Vicepresidente de la República. Son funciones del Vicepresidente de la República, las misiones o encargos especiales que le confíe el Presidente de la República, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y la ley.
Artículo 14. Dirección del Departamento. La Dirección del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, estará a cargo del Director del Departamento, quien la ejercerá con la inmediata colaboración del Subdirector del Departamento, y cumplirá las siguientes funciones:
Artículo 15. Programas Presidenciales. Son funciones de los Programas Presidenciales, además de las contenidas en los actos de su creación, las siguientes:
Artículo 16. Oficina de Planeación. Son funciones de la Oficina de Planeación:

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