Por el cual se fijan las asignaciones de los Profesores de la Escuela Superior de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1919-03-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta :

Artículo único. Fíjanse las siguientes asignaciones mensuales para los Profesores del Curso de Aplicación de la Escuela Superior de Guerra :

Curso de Oficiales Superiores y Capitanes.

Táctica, Organización y Administración militares, y Topografía, a veintidós pesos $ 22
Matemáticas e Inglés, a diez y ocho pesos 18
Fortificación, Historia Militar, Geografía Militar y Conocimiento de armas, a quince pesos 15
Curso de Tenientes y Subtenientes Curso de Tenientes y Subtenientes
Táctica, Fortificación y Topografía, a veintidós pesos 22
Matemáticas e Inglés, a diez y ocho pesos 18
Geografía Militar, Historia Militar, Conocimiento del Servicio y Conocimiento de armas, a quince pesos 15

Parágrafo. Las anteriores asignaciones serán imputadas a la partida que fija el Presupuesto para el Profesorado de la Escuela Superior de Guerra.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de marzo de 1919.

MARCO FIDEL SUAREZnone El Ministro de Guerra, Jorge ROA.

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