por medio del cual se aprueba la Resolución número 019 del 12 de noviembre de 1991 del Consejo Directivo de Comercio Exterior, que establece la estructura orgánica del Instituto Colombiano de Comercio Exterior y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1992-03-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Aprobar la Resolución 19 del 12 de noviembre de 1991 del Consejo Directivo de Comercio Exterior, mediante la cual se establece la estructura orgánica del Instituto Colombiano de Comercio Exterior y se determinan las funciones de sus dependencias:

RESOLUCION NUMERO 19 DE 1991

por la cual se define la estructura orgánica del Instituto Colombiano de Comercio Exterior y se determinan las funciones de sus dependencias".

El Consejo Directivo de Comercio Exterior, en uso de sus facultades legales y especialmente de las que le confiere el literal e) del artículo 6°del Decreto - Ley 151 de 1976 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 del Decreto 2350 de 1991, oído el concepto del Departamento Administrativo de Servicio Civil,

RESUELVE:

CAPITULO I

Estructura.

Artículo 1° Estructura del Instituto Colombiano de Comercio Exterior - Incomex -. Como consecuencia de la definición de la estructura del Ministerio de Comercio Exterior, de la asignación de funciones del Instituto Colombiano de Comercio Exterior al nuevo Ministerio por el Decreto - ley 2350 de 1991 y de las funciones asignadas al Instituto por dicha norma su estructura quedará así:

4 1. División de Investigación.

Dirección Regional Zona Norte:

Atlántico (Barranquilla).

Dirección Regional Zona Noroccidente:

Antioquia (Medellín).

Dirección Regional Zona Nororiente:

Santander (Bucaramanga).

Dirección Regional Zona Sur Occidente:

Valle (Cali).

Dirección Regional Zona Centro:

Cundinamarca (Santafé de Bogotá, D. C.).

Dirección Regional Zona Centro Occidente:

Risaralda (Pereira).

Dirección Seccional Zona Norte:

Bolívar, Magdalena, Guajira, Sucre, Cesar, San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Dirección Seccional Zona Noroccidente:

Córdoba y Chocó.

Dirección Seccional Zona Nororiente:

Norte de Santander, Boyacá, Arauca.

Dirección Seccional Zona Centro Occidente:

Caldas, Tolima, Huila y Quindío.

Dirección Seccional Zona Sur Occidente:

Cauca, Nariño, Putumayo y Caquetá.

Dirección Seccional Zona Centro:

Meta, Casanare, Amazonas, Vichada, Guainía y Vaupés.

Artículo 2° Dirección y administración. La dirección y administración del Instituto Colombiano de Comercio Exterior estará a cargo de la Junta Directiva y del Director General.

Artículo 3° Funciones del Director General. Son funciones del Director General:

Artículo 4° Oficina Jurídica. Son funciones de la oficina jurídica:

Artículo 5°Oficina de Planeación Interna y Evaluación de Gestión. Son funciones de la Oficina de Planeación Interna y Evaluación de Gestión:

Artículo 6°Oficina de Apoyo y Facilitación al Usuario. Son funciones de la Oficina de Apoyo y Facilitación al Usuario:

Artículo 7°Secretaria General. Son funciones de la Secretaría General además de las establecidas en el Decreto 1050 de 1968:

Artículo 8°División de Recursos Humanos. Son funciones de la División de Recursos Humanos:

Artículo 9°División Financiera. Son funciones de la División Financiera:

Artículo 10.División Administrativa. Son funciones de la División Administrativa:

Artículo 11.Subdirección de Prácticas Comerciales. Son funciones de la Subdirección de Prácticas Comerciales:

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