por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Seguimiento a la Organización de la Copa Mundial Sub 20 de la FIFA Colombia 2011

Rango Decreto
Publicación 2010-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los artículos 202 de la Constitución Política y 45 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1°. Creación. Créase la Comisión Intersectorial de Seguimiento a la Organización de la Copa Mundial Sub 20 de la FIFA Colombia 2011, la cual se encargará de coordinar, orientar y efectuar el seguimiento a los compromisos adquiridos con la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), referentes a la Organización de la Copa Mundial Sub 20 de la FIFA Colombia 2011.
Artículo 2°. Integración. La Comisión Intersectorial de Seguimiento a la Organización de la Copa Mundial Sub 20 de la FIFA Colombia 2011, estará integrada por:

Los Alcaldes de Armenia, Bogotá, D. C., Barranquilla, Cali, Cartagena, Manizales, Medellín y Pereira.

Parágrafo 1°. El Vicepresidente de la República será el encargado de liderar y coordinar las actividades de la presente Comisión Intersectorial.

Parágrafo 2°. La participación en la Comisión Intersectorial solo será delegable en los Viceministros en el caso de los Ministerios y en los Subdirectores o su equivalente en el caso de los Departamentos Administrativos y de Coldeportes.

Artículo 3°. Funciones. La Comisión Intersectorial de Seguimiento a la Organización de la Copa Mundial Sub 20 de la FIFA Colombia 2011, tendrá las siguientes funciones:
Artículo 4°. Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Seguimiento será ejercida por el Director de Coldeportes, y tendrá las siguientes funciones:

Parágrafo. El seguimiento a las obras y campos de juego se hará con el fin de que se cumplan de manera oportuna los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional y los entes territoriales con el certamen y no reemplaza de ningún modo la responsabilidad de los interventores de obra respectivos, ni de las entidades contratantes.

Artículo 5°. Sesiones. La Comisión Intersectorial de Seguimiento a la Organización de la Copa Mundial Sub 20 de la FIFA Colombia 2011, sesionará ordinariamente una vez al mes a partir de la fecha de publicación del presente decreto y hasta el mes siguiente a la terminación de la Copa Mundial Sub 20. De forma extraordinaria por solicitud del Presidente de la Comisión o de cualquiera de sus miembros.
Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2010.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro del Interior y de Justicia,

Germán Vargas Lleras.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

María Ángela Holguín Cuéllar.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Defensa Nacional,

Rodrigo Rivera Salazar.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Sergio Diazgranados Guida.

La Ministra de Educación Nacional,

María Fernanda Campo Saavedra.

La Ministra de Cultura,

Mariana Garcés Córdoba.

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

Hernando Gómez Restrepo.

La Directora Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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