por el cual se destinan unas partidas para auxiliar restaurantes escolares

Rango Decreto
Publicación 1938-04-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus facultades légales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida votada en el artículo 248, Capítulo 45, de la Ley de Apropiaciones vigente, destínanse las cantidades que a continuación se expresan, para auxiliar los restaurantes escolares de las siguientes entidades:
Comisaría de Arauca $ 3.300.00
Escuela Industrial anexa a la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional 5.000.00
Total $ 8.300.00

Parágrafo. El auxilio para los restaurantes de la Escuela Industrial, se girará al señor Síndico de la Universidad Nacional, quien comprobará su inversión ante el Auditor Fiscal de la misma entidad.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 11 de marzo de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educacóin Nacional,

José Joaquín CASTRO M.

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