Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
que el Consejo de Ministros en su sesión del día, 5 del presente mes autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para hacer unos traslados dentro de: las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en nota número 6010, procedente de la Secretaría de la mencionada entidad,
decreta:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones vigente:
Ministerio de Trabajo, Higiene y Prevención Social
Del Capitulo38, artículo 378.
Para sueldos del personal de saneamiento de puertos no comprendidos en las
Unidades y Comisiones Sanitarias, incluyendo a Puerto Wilches, según la
Ley 32 de 1927 8.000.00
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