Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1941-03-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

que el Consejo de Ministros en su sesión del día, 5 del presente mes autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para hacer unos traslados dentro de: las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en nota número 6010, procedente de la Secretaría de la mencionada entidad,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones vigente:

Ministerio de Trabajo, Higiene y Prevención Social

Del Capitulo38, artículo 378.

Para sueldos del personal de saneamiento de puertos no comprendidos en las

Unidades y Comisiones Sanitarias, incluyendo a Puerto Wilches, según la

Ley 32 de 1927 8.000.00

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