Por el cual se restablecen ciertas oficinas i se adscriben las funciones de la Dirección jeneral de Instrucción pública a la Sección 2a de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores

Rango Decreto
Publicación 1877-08-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En atencion a que por la lei de Presupuestos para el año económico de 1877 a 1878 se han suprimido los empleados de la Direccion jeneral de la Instruccion pública, i que es indispensable que por alguna oficina se dé evasion a los negocios que cursaban por aquella, para que pueda tener cumplimiento el decreto ejecutivo de 1.° de noviembre de 1870,

decreta :

Artículo 1.° Desde el 1.° de setiembre próximo quedarán restablecidas las oficinas de Instruccion pública, Escuelas Normales, superiores i primarias suspendidas por el decreto ejecutivo número 428, de 1876, inserto en el Diario Oficial número 3,821, con escepcion de la Direccion jeneral de Intruccion pública.
Artículo 2.° Las funciones de la Direccion jeneral de Instruccion pública primaria se adscriben desde la fecha indicada a la Seccion 2.ª de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores.
Artículo 3.° Por decreto separado se abrirá el crédito suplemental indispensable para pagar un Comisionado que, como ausiliar, desempeñe las funciones de la Seccion arriba mencionada.
Artículo 4.° Las Direcciones o Inspecciones jenerales de Instruccion pública en los Estados se entenderán en lo sucesivo con el Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores en los casos en que lo hacian con la Direccion jeneral.

Dado en Bogotá, a 6 de agosto de 1877.

SERJIO CAMARGO.

El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,

Eustorjio Salgar.

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