Por el cual se crean dos empleos en el Ramo telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1908-05-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El encargado del poder Ejecutivo,

En uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que se ha terminado la construcción de una nueva línea telegráfica que partiendo de Bogotá y pasando por las oficinas de Chapinero, Puente del Común, Cajicá y Sopo, va a enlazar en Zipaquirá con la duplicación de la línea A para formar la que en adelante ha de llamarse línea M;

Que para que esta línea preste el importante servicio a que se le ha destinado, cual es el que por ella se despache gran parte del trabajo que venía haciéndose por las líneas del Norte existentes, mejorando con este servicio de la Costa Atlántica y Santander, es preciso crear en la oficina Central de Bogotá dos puestos de Telegrafistas para que la atiendan,

DECRETA:

Artículo único. A partir del 1° de Mayo del corriente año creándose dos plazas más de primeros Telegrafistas en la Oficina Central de Bogotá.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 30 de Abril de 1908

Ministro de Gobierno,

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