Por el cual se concede una franquicia telegráfica

Rango Decreto
Publicación 1915-03-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Concédese franquicia hasta por veinte palabras a los Jueces de Rentas ya los Pagadores de las Secciones de Policía de fuera de Bogotá, para los asuntos relacionados con sus funciones oficiales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de marzo de 1915.

jose vicente concha

El Ministro de Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

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