POR EL CUAL SE HACE UN TRASLADO EN LA LEY DE APROPIACIONES DE LA AGENCIA EN CURSO

Rango Decreto
Publicación 1931-03-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 17 de la Ley 34 de 1923, y

CONSIDERANDO

Que en virtud de la petición hecha por el Ministerio de Industrias en oficio número 265, de fecha 2 del presente mes, el Consejo de Ministros tuvo a bien acceder al traslado de la suma de doce mil novecientos veinte pesos dentro del capítulo 43 de la Ley dé Apropiaciones de la actual vigencia,

DECRETA:

Artículo 1° Trasládase la suma de doce mil novecientos veinte pesos ($ 12,920), del artículo 217 del capítulo 43 del Presupuesto en curso, al artículo 232, del mismo capítulo.
Artículo 2° Dése el aviso correspondiente al señor Contralor General de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de marzo de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Industrias,

Francisco José CHAUX

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.