Por el cual se destinan unas partidas

Rango Decreto
Publicación 1938-04-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

es uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De los fondos votados en el artículo 248, Capítulo 4°, de la Ley de Apropiaciones vigente, destínase la cantidad de dos mil pesos ($ 2.000) para auxiliar el restaurante escolar del Internado Agrícola establecido en Chitagá, por el Departamento Norte de Santander.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 11 de marzo de .1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de .Educación Nacional,

José Joaquín CASTRO M.

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