Por el cual se declara restablecido el orden público

Rango Decreto
Publicación 1877-08-08
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

considerando :

1.° Que no existe en la República ningun enemigo en armas en contra de las instituciones ;

2.° Que la autoridad del Gobierno federal i de los Gobiernos seccionales es obedecida i acatada respectivamente, sin resistencias de hecho ;

decreta :

Artículo 1.° Declárese restablecido el órden público en todo el territorio de la Union.
Artículo 2.° Por decreto separado se reducirá el Ejército al pié de paz.
Artículo 3.° Los Presidentes, Gobernadores o Jefes superiores de los Estados, i los Prefectos de los Territorios, dictarán las órdenes necesarias para que el presente decreto sea inmediatamente publicado por bando en todos los distritos, aldeas i correjimientos.

Dado en Bogotá, a 7 de agosto de 1877.

SERJIO CAMARGO.

El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,

Eustorjio Salgar.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Luis Bernal.

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,

J. M. Quijano W.

El Secretario de Guerra i Marina,

Sántos Acosta.

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