Por el cual se dicta una medida relacionada con el ramo de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1936-04-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que aún no se han determinado las dotaciones, asignaciones y reparticiones de los Departamentos de Marina y Aviación del Ministerio de Guerra; y

Que en tal virtud no es posible hacer una equitativa distribución de partidas para atender a los diferentes gastos del ramo respectivo,

DECRETA:

Artículo 1° Prorrogase hasta nueva disposición la vigencia de los Decretos 207 y 647 de 1935.
Artículo 2° En los términos anteriores modificase el artículo 1° del Decreto número 126 de 25 de enero del año en curso.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 5 de marzo de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Benito HERNANDEZ B.

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