Por el cual se adscriben al Subintendente de la Dirección General de Sanidad del Ministerio de Guerra las funciones de Pagador del Hospital Militar Central de Bogotá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta :
Artículo 1° Adscríbense al Subintendente de la Dirección General de Sanidad y Síndico del Hospital Militar Central de Bogotá las funciones de Contador Pagador del mencionado Hospital, con la obligación de rendir cuentas directamente a la Contraloría General de la República. Para entrar en ejercicio de dichas funciones debe otorgar la correspondiente fianza de acuerdo con los requisitos de la misma Contraloría.
Artículo 2° En los términos del presente Decreto queda modificado el parágrafo segundo del artículo 2° del Decreto número 97 del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de febrero de 1937.
ALFONSO LOPEZ
Plinio, MENDOZA NEIRA
Ministro de Guerra.
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