Por el cual se aclara el Decreto 2880 de 1960
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades constitucionales,
DECRETA:
Artículo único. Aclarase el Decreto 2880 de 1960, en el sentido de que el proyecto de ley a que se refiere el numeral 44 del artículo único de dicho Decreto, recomendado por el Gobierno a la consideración del Congreso, es el presentado ante el honorable Senado por el Ministro de Gobierno, titulado "por la cual se dictan normas para as cedulación y otras de carácter electoral".
Comuníquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de febrero de 1961.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Gobierno,
Augusto Ramírez Moreno
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