Por el cual se establece una remuneración para algunos empleos

Rango Decreto
Publicación 1984-03-20
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,

decreta:

Artículo 1° Los empleos de Director Genera y de Jefe de la Oficina Jurídica de Planeación del Ministerio de Minas y Energía, tendrán una remuneración mensual equivalente al noventa y cinco por ciento (95%) de la que por concepto de asignación básica y gastos de representación corresponda al cargo de Secretario General de Ministerio y Departamento Administrativo, El cincuenta por ciento (50%) de dicha remuneración tendrá el carácter de gastos de representación.
Articulo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 23 de febrero de 1984.

belisario betancur

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Edgar Gutiérrez Castro. El Ministro de Minas y Energía, Carlos Martínez Simahán. La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Erlcina Mendoza Saladén.

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