Por el cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896

Rango Decreto
Publicación 1895-11-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Estado ha expresado dictamen favorable acerca de la necesidad que hay de abrir al Presupuesto de Gastos del bienio en curso, el crédito extraordinario á que se refiere el presente Decreto; y Que el Consejo de Ministros, en vista del respectivo expediente, ha resuelto que se abra el mencionado crédito,

DECRETA:

Artículo único, Abrese al Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896 el crédito extraordinario de $ 5,100 con la imputación siguiente:

DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA.

capítulo 61.

Gastos varios.

Artículo 350 , 1.° Para subvencionar la Escuela de servicios domésticos de Bogotá, en 17 meses, contados de Agosto último á Diciembre de 1896 inclusive, á razón de $ 300 mensuales, $ 5,100.

Dado en Bogotá, á 3 de Octubre de 1895.

M.A.CARO.

El Ministro del Tesoro,

Miguel Abadía Méndez.

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