Por el cual se modifica el decreto número 2341 de 1943, sobre Concurso Nacional del Niño Sano

Rango Decreto
Publicación 1945-03-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase al Instituto de Crédito Territorial para adquirir o construir las viviendas a que se refiere el Decreto número 2341 de 1913 y para que en los lugares en donde por cualquier circunstancia convenga adoptar otra forma que responda al propósito del mismo Decreto, proceda como lo juzgue más conveniente, previa la aprobación dada por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Articulo 2° Establécese un premio nacional consistente en una casa de habitación que se adjudicará a la madre o en su defecto a la persona que haya demostrado tener la responsabilidad y haber cuidado directamente al niño sano declarado vencedor en el Concurso.

Parágrafo. La casa de que se habla en el artículo anterior tendrá especificaciones que concuerden con el domicilio, profesión y estado económico de la persona bajo cuya responsabilidad esté el concursante.

Artículo 3° La adjudicación de la casa de que se habla en el articulo 3° del Decreto número 2341 y artículo 2° del presente se hará en forma provisional a la persona favorecida, por el término de dos años, al cabo de los cuales se le otorgará el título de propiedad definitiva, siempre que compruebe haber llenado las siguientes condiciones:
Artículo 4° El no cumplimiento de alguna o algunas de las condiciones anteriormente anotadas, durante los dos años de adjudicación provisional, producirá automáticamente la pérdida de todo derecho de uso o propiedad del inmueble adjudicado como premio en el Concurso del Niño Sano, y dicho premio o su valor servirá para aumentar los premios en los concurso de los años posteriores.
Articulo 5° Quedan derogados los artículos números 3°, 5° y 6° del Decreto número 2341 de 1943.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá a 24 de febrero de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

Adán ARRIAGA ANDRADE

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