por el cual se prorroga el termino de la liquidación del Servicio Médico y Odontológico de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica - Corelca S.A. ESP en Liquidación
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 154 y 230 de la Ley 100 de 1993 y en el parágrafo 2º del artículo 10 del Decreto 1890 de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto 4392 del 27 de diciembre de 2004, se ordenó la cancelación y liquidación del Servicio Médico y Odontológico de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica - Corelca S. A. ESP;
Que, mediante comunicación del 2 de diciembre de 2005, el liquidador del Servicio Médico y Odontológico de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica - Corelca S. A. ESP en Liquidación, presentó informe de actividades pendientes dentro del proceso liquidatorio y solicitó prórroga por un (1) año;
Que, a la fecha, se considera pertinente otorgar la prórroga solicitada para culminar el proceso de liquidación del Servicio Médico y Odontológico de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica - Corelca S. A. ESP en Liquidación,
DECRETA:
Artículo 1º. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2006 el término para concluir el proceso de liquidación del Servicio Médico y Odontológico de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica - Corelca S. A. ESP en Liquidación, previsto en el artículo 1º del Decreto 4392 de 2004.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
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