por el cual se crea una comisión de estudio del Sistema Nacional de Rehabilitación

Rango Decreto
Publicación 1981-03-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 5
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1º Crear la comisión de estudio del Sistema Nacional de Rehabilitación, adscrita al Ministerio de Salud.
Artículo 2º La comisión estará integrada por los siguientes miembros:
Artículo 3º Son funciones de la comisión:
Artículo 4º La comisión estará presidida por el Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Salud y actuará como Secretario el Jefe de la División de Salud de Planeación Nacional.
Artículo 5º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de febrero de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Justicia,

Felio Andrade Manrique.

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo Angulo Gómez.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social (E.),

Laura Ochoa de Ardila.

El Ministro de Salud,

Alfonso Jaramillo Salazar.

El Jefe de Planeación Nacional,

Federico Nieto Tafur.

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