Por el cual se distribuye una apropiación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Salud Pública), por $ 43.000.000.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 77 de 1966, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que el Ministerio de Salud Pública propuso la distribución de la partida correspondiente al Capítulo 1101, Programa 1101, artículo 11001, de su presupuesto de inversión para la vigencia fiscal de 1967, y
Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha estudiado y encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales la distribución propuesta,
DECRETA:
Artículo 1° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:
Presupuesto de inversión
Ministerio de Salud Pública
CAPITULO 1101
Rama Técnica
- A) Inversión directa
Programa 1101. Erradicación de la Malaria
Inversión directa
Recursos ordinarios
515 356. Artículo 11001. Servicios de erradicación de la malaria, mediante decretos de distribución, previo estudio, del Ministerio de Salud,, y la Dirección, Nacional del Presupuesto, $ 43.000.000.00.
| Proyecto 1. Dirección y supervisión del Programa de Control de la Malaria para todo el país | $ 3.996.470 |
|---|---|
| Proyecto 2. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Antioquia | 5.488.148 |
| Proyecto 3. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Atlántico | 987.490 |
| Proyecto 4. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Bolívar | 2.177.853 |
| --- | --- |
| Proyecto 5. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Boyacá | 634.011 |
| Proyecto 6. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Caldas | 656.776 |
| Proyecto 7. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Cauca | 784.133 |
| Proyecto 8. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Córdoba | 5.777.439 |
| Proyecto 9. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Cundinamarca | 1.210.425 |
| Proyecto 10. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Chocó | 1.581.378 |
| Proyecto 11. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de La Guajira | 335.682 |
| Proyecto 12. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Huila | 670.461 |
| Proyecto 13. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Magdalena | 3.212.842 |
| Proyecto 14. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Meta | 1.263.992 |
| Proyecto 15. Desarrollo de Programas de Control de 1a- Malaria, en el Departamento de Nariño | 1.815.351 |
| Proyecto 16. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Norte de Santander | 1.075.345 |
| Proyecto 17. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Quindío | 370.000 |
| Proyecto 38. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Risaralda | 400.708 |
| Proyecto 19. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Santander | 2.323.828 |
| Proyecto 20. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento de Sucre | 463.000 |
| Proyecto 21. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Tolima | 1.292.952 |
| Proyecto 22. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en el Departamento del Valle del Cauca | 3.447.476 |
| Proyecto 23. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en la Intendencia del Amazonas | 363.145 |
| Proyecto 24. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria en la Intendencia de Arauca | 167.897 |
| Proyecto 25. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria en la Intendencia del Caquetá | 254.000 |
| Proyecto 26. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria en la Comisaría del Guainía | 200.000 |
| Proyecto 27. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria en la Comisaría del Putumayo | 397.652 |
| Proyecto 28. Desarrollo ele Programas de Control de la Malaria en la Comisaría de Vaupés | 227.330 |
| Proyecto 29. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria, en la Comisaria del Vichada | 134.415 |
| Proyecto 30. Desarrollo de Programas de Control de la Malaria del Aedes Aegyti en el país | 500.000 |
| Proyecto 31. Desarrollo de Programas de Control del Pian, en el Litoral Pacífico | 789.640 |
Artículo 2° La suma distribuida por el presente Decreto será girada al Pagador del Servicio Nacional de Erradicación de la Malaria, para s.er utilizada de acuerdo con el Decreto-ley 2968 de 1956 y el Decreto 1653 de 1964, orgánicos de dicho servicio.
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de marzo de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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