Por el cual se modifica la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Función Pública y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2011-12-14
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con el artículo 115 de Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, con el fin de adicionar la planta de personal, presentó justificación técnica en la cual se determinaron las necesidades en materia de personal para atender sus funciones, encontrando ajustado técnicamente, emitiendo en consecuencia concepto previo favorable;

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal;

DECRETA:

Artículo 1°. Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública los siguientes cargos:
Número de cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR DESPACHO DEL DIRECTOR DESPACHO DEL DIRECTOR DESPACHO DEL DIRECTOR
2 (Dos) Asesor 1020 16
2 (Dos) Asesor 1020 13
DESPACHO DEL SUBDIRECTOR DESPACHO DEL SUBDIRECTOR DESPACHO DEL SUBDIRECTOR DESPACHO DEL SUBDIRECTOR
5 (Cinco) Asesor 1020 13
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 21
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 20
6 (Seis) Profesional Especializado 2028 19
3 (Tres) Profesional Especializado 2028 18
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 17
8 (Ocho) Profesional Especializado 2028 16
3 (Tres) Profesional Especializado 2028 12
2 (Dos) Profesional Universitario 2044 09
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 15
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 14
Artículo 2°. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública distribuirá los cargos de la planta global, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la institución.
Artículo 3°. El nombramiento en los empleos de la planta de personal se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 4°. El presente decreto tiene efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero del año 2012.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 189 de 2004 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.C., a 14 de diciembre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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