por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1603 de 1994

Rango Decreto
Publicación 1998-03-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las que confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°. Modificar el artículo 21 del Decreto 1603 de 1994, el cual quedará así:

Artículo 21. Domicilio. El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander Von Humboldt” tendrá su domicilio principal en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C. En todo caso, el Instituto tendrá una sede de trabajo en el municipio de Villa de Leyva, y podrá establecer otras sedes de trabajo en lugares diferentes a su domicilio principal, sobre la base de los programas que adelante.”

Artículo 2°. Modificar el inciso 1° del numeral 4 del artículo 23 del Decreto 1603 de 1994, el cual quedará así:

“(...)

“(...)”.

Artículo 3°.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 de marzo de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro del Medio Ambiente,

Eduardo Verano de la Rosa.

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