por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial - Comisión de Regulación en Salud, CRES
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1122 de 2007 creó la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud, CRES, determinando que en su integración habrá cinco comisionados expertos;
Que con el propósito de poner en funcionamiento la entidad se deben crear los cargos mínimos necesarios;
Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la viabilidad presupuestal con el propósito de establecer la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial - Comisión de Regulación en Salud, CRES,
DECRETA:
Artículo 1°. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial - Comisión de Regulación en Salud, CRES, así
| No. de cargos | Denominación del Cargos | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 5(Cinco) | Experto de Comisión Reguladora | 0090 | |
| 1(Uno) | Coordinador Ejecutivo de Comisión Reguladora | 0092 | 22 |
| 1(Uno) | Asesor | 1020 | 14 |
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
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