Por el cual se segrega un Municipio de una Provincia y se agrega a otra
El encargado de la Presidencia de la Republica de Colombia,
En uso de uso facultades legales, y vista la solicitud de los vecinos del Municipio de Piedras, apoyada por el Gobernador del Departamento del Tolima, en el sentido de que se segregue dicho Municipio de la Provincia de Ambalema y se agregue a la de Combeima,
DECRETA:
Artículo 1°. Segrégase el Municipio de Piedras, de la Provincia de Acabáleme, agrégase a la de Combeima, Departamento del Tolima.
Artículo 2°. El presente Decreto regirá desde su publicación en el Diario Oficial
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 1° de Mayo de1908.
- D. EUCLIDES DE ANGULO
El Ministro de Gobierno,
- M. VARGAS
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