por el cual se aprueba el Acuerdo 037 de 1994, que efectúa unas modificaciones a la Planta de Personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el Artículo 74 del Decreto 1042 de 1978.
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase en todas sus partes el Acuerdo Número 037 del 23 de septiembre de 1994, por el cual se efectúan unas modificaciones a la Planta de Personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO 037 DE 1994
(septiembre 23)
"por el cual se efectúan unas modificaciones a la Planta de Personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional"
La Junta Directiva de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las que le confieren los literales e) y l) del artículo 18 del Decreto 2343 de 1971, modificado por el literal b), del artículo 18 del Decreto 2003 de 1984 y modificado por los literales c) y d) del artículo 9º del Decreto 1774 de 1985,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprimir de la Planta de Personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, establecida mediante Decreto 2726 de 1993, los siguientes cargos:
| Número de cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 (Uno) | Cajero | 5095 | 18 |
| 4 (Cuatro) | Secretario | 5140 | 12 |
Artículo 2º. Crear en la Planta de Personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, los siguientes cargos:
| Número de cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 (Uno) | Pagador | 5045 | 20 |
| 4 (Cuatro) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 12 |
Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga en lo pertinente, el Acuerdo número 041 de diciembre 16 de 1993 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
(Fdo.) Presidente Junta Directiva y Secretario».
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en lo pertinente el Decreto 2726 de 1993.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 13 de marzo de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Defensa Nacional,
Juan Carlos Esguerra Portocarrero.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.
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