Que confiere una facultad a la Junta Directiva del Banco Central
El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Facúltase á la Junta Directiva del Banco Central para que, cuando lo juzgue conveniente, pueda elevar la cuantía del depósito que deben hacer los licitadores para ser admitidos como postores en los remates de las rentas que administra.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 20 de Mayo de 1905.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
Pedro Antonio Molina
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