Por el cual se modifica la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación

Rango Decreto
Publicación 2011-12-22
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 104 de la Ley 1453 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 104 de la Ley 1453 de 2011 se concedieron facultades extraordinarias al Gobierno Nacional para ampliar la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación, creando los cargos que sean necesarios para que esta entidad pueda contar con los recursos humanos requeridos, en orden a investigar y judicializar eficazmente los hechos punibles cometidos por cualquier organización armada ilegal conforme a las normas aplicables.

Que la Fiscalía General de la Nación elaboró la justificación técnica en el cual determinó las necesidades que en materia de personal requiere para atender sus funciones, especialmente las establecidas en la Ley 1453 de 2011, por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.

Que el Gobierno Nacional, previa disponibilidad presupuestal, considera procedente modificar la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación.

DECRETA:

Artículo 1°. Modifícase la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación, creando los siguientes cargos de carácter permanente, así:
N° de Cargos Denominación del Empleo
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1 Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia
1 Fiscal Auxiliar ante la Corte Suprema de Justicia
101 Fiscal Delegado ante Jueces de Circuito
3 Fiscal Delegado ante Tribunal de Distrito
101 Fiscal Delegado ante Jueces Penales de Circuito Especializados
69 Fiscales Delegados ante Jueces Municipales y Promiscuos
100 Asistente de Fiscal III
156 Asistente de Fiscal IV
265 Investigador Criminalístico VII
6 Profesional Especializado III
4 Profesional Especializado II
15 Profesional Universitario III
Artículo 2°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto, se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 3°. El Fiscal General de la Nación distribuirá mediante acto administrativo, los empleos de la planta de personal global creados por el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna de la entidad y las necesidades del servicio.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Juan Carlos Esguerra Portocarrero.

El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Jorge Luis Trujillo Alfaro.

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