Por el cual se tributan honores a la memoria del Excmo. Sr. Presidente titular de la República de Colombia, Dr. Rafael Núñez
El Prefecto de la Provincia de Occidente, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
1.° Que se tiene conocimiento oficial que el 18 del mes en curso esta República vió sobrecogida de pesar la desaparición del esclarecido Director de sus destinos, Exemo Sr. Dr Rafael Núñez ;
2.° Que este insigue colombiano, de excepcionales facultades, desde sus albores á la ciudadanía, exaltó á la vida pública en la cual hizo brillar con singular acierto su poderosa inteligencia y enérgica actividad, en bien del país, en la prensa, parlamentos, representaciones internacionales, dirección seccional y general de los negocios públicos, hasta el extremo de reclamar la Madre común su vital fuerza para disipar los trastornos provenientes de las maquinaciones políticas, crisis económicas y penurias fiscales, de las cuales la libró más de una vez;
3.° Que sus nunca bien reconocidas prendas intelectuales y morales las ejercitó sin contemplaciones egoístas hasta ver esparcidos por el territorio colombiano los inestimables beneficios individuales y sociales, engendrados por el establecimiento de la República cristiana, al cual cooperó como primer factor, tales como la devolución á las conciencias de su tranquilidad religiosa, el reinado de los principios de orden y justicia, la extinción de la paz armada y el afianzamiento de la paz científica, á cuya sombra recorre la República por senderos no desconocidos de saludable perfeccionamiento; y
4.° Que es deber de la Patria reconocer á sus autores los esfuerzos dirigidos á nivelarla con los Estados más aventajados y singularizarlos ante las generaciones posteriores á quienes propone como timbre de gloria para estimular sus progresos,
DECRETA:
Artículo 1.° Laméntase y regístrase como una desgracia nacional el fallecimiento del íntegro ciudadano y esclarecido Magistrado, Exemo Sr. Dr. Rafael Núñez.
Artículo 2.° Recomiendase á la memoria y gratitud de los conciudadanos de la Provincia el recuerdo de las virtudes cívicas y fecundos servicios nacionales prestados por el ilustre finado en su larga, laboriosa y preclara carrera pública.
Artículo 3.° Para significar el sentimiento de popular condolencia producido por la deplorable ó infausta defunción del Presidente titular, se izará á media asta la bandera nacional en los edificios públicos existentes en la ciudad, por el término de nueve días, y se ejecutará en la plaza principal, por la banda del Municipio, una retreta fúnebre, en la fecha de este Decreto.
Artículo 4.° Copias de éste se remitirán á la familia del memorable difunto, al Ministerio de Gobierno y á la Secretaría de Gobierno del Departamento.
Publíquese.
Dado en Chiquinquirá, á 23 de Septiembre de 1894.
Pedro Martín Páez B.
G. Rubén Araque, Secretario.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.