Por el cual se fija la remuneración del personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP
El Presidente de la República de Colombia,en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 42 de1980,
DECRETA:
Artículo 1º. El valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, será de doscientos cincuenta pesos ($ 250.00) moneda corriente.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1º) de enero de mil novecientos ochenta y uno (1981).
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de enero de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio
LauraOchoade Ardila
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