por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
CAPITULO I.
Estructura
Artículo 1º. La estructura del Ministerio de Defensa Nacional será la siguiente:
- 1. Despacho del Ministro
1.1 Oficina Comisionado Nacional para la Policía Nacional
1.1.1 Dirección de Quejas y Denuncias
1.1.2 Dirección de Control y Vigilancia
1.1.3 Dirección de Evaluación y Prevención
- 2. Despacho del Viceministro de Asuntos Políticos y Temática Internacional
2.1 Dirección de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario, DIH, y Asuntos Internacionales.
2.2 Dirección de Comunicación Corporativa.
- 3. Despacho del Viceministro de Gestión Institucional
3.1 Dirección de Finanzas
3.2 Oficina de Control Interno
3.3 Oficina Asesora de Planeación
- 4. Secretaría General
4.1 Obispado Castrense
4.2 Dirección Administrativa
4.3 Oficina de Control Disciplinario Interno
4.4 Oficina de Informática
4.5 Oficina Asesora de Jurídica
- 5. Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar
- 6. Fuerzas Militares
6.1 Comando General
6.1.1 Dirección General de Sanidad Militar
6.1.2 Federación Colombiana Deportiva Militar
6.2 Ejército
6.3 Armada Nacional
6.3.1. (Derogado)
6.4 Fuerza Aérea
- 7. Dirección General de la Policía Nacional de Colombia.
- 7.1. Subdirección General.
7.1.1. Jefatura Nacional de Desarrollo Humano.
7.1.1.1. Dirección de Incorporación.
7.1.1.2. Dirección de Talento Humano.
7.1.1.3. Dirección de Educación Policial.
7.1.1.4. Dirección de Bienestar Social y Familia.
7.1.1.5. Dirección de Sanidad.
7.1.2. Jefatura Nacional de Servicio de Policía.
7.1.2.1. Dirección de Investigación Criminal e Interpol.
7.1.2.2. Dirección de Inteligencia Policial.
7.1.2.3. Dirección de Carabineros y Protección Ambiental.
7.1.2.4. Dirección de Antinarcóticos.
7.1.2.5. Dirección de Tránsito y Transporte.
7.1.2.6. Dirección de Protección y Servicios Especiales.
7.1.2.7. Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión.
7.1.3. Jefatura Nacional de Administración de Recursos.
7.1.3.1. Dirección Logística y Financiera.
7.1.3.2. Dirección de Infraestructura.
- 7.2. Inspección General y Responsabilidad Profesional.
- 7.3. Comisionado de Derechos Humanos para la Policía Nacional.
- 7.4. Secretaría General.
- 7.5. Oficina de Planeación.
- 7.6. Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- 7.7. Oficina de Relaciones y Cooperación Internacional.
- 7.8. Oficina de Comunicaciones Estratégicas.
- 7.9. Oficina de Control Interno.
- 8. Organos de Asesoría y Coordinación
8.1 Consejo Superior de Defensa y Seguridad Nacional
8.2 Juntas Asesoras de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional
8.3 Consejo Asesor de la Justicia Penal Militar
8.4 Consejo Nacional de Lucha Contra el Secuestro y demás Atentados contra la Libertad Personal, Conase
8.5 Consejo de Salud Superior de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional
8.6 Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo
8.7 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
8.8 Comisión de Personal
-
- Dirección Ejecutiva del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa
Artículo 2º. Funciones del Ministro. Corresponde al Despacho del Ministro del Ministerio de Defensa Nacional, con sus respectivas Oficinas y Direcciones, el ejercicio de las funciones contempladas en los artículos 8º, 9º, 10, 11 y 12 del Decreto 1512 de 2000.
Artículo 3º. Funciones del Despacho del Viceministro de Asuntos Políticos y Temática Internacional. Corresponde al Despacho del Viceministro de Asuntos Políticos y Temática Internacional el ejercicio de las siguientes funciones:
-
- Asesorar y coordinar las políticas del Ministro en los asuntos relacionados con los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, DIH.
-
- Asesorar y difundir, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la negociación de tratados o convenios internacionales del Sector Defensa.
-
- Asesorar al Ministro en la formulación y ejecución de políticas y estrategias relacionadas con comunicación corporativa y prensa.
-
- Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso de la República, para lo cual dispondrá el seguimiento a las citaciones que le formulen las comisiones o las plenarias del Congreso y la preparación de las respuestas a los cuestionarios respectivos.
-
- Coordinar la preparación de la memoria anual que debe presentar el Ministro al Congreso de la República.
-
- Coordinar con la Presidencia de la República, los Ministerios y Departamentos Administrativos, los temas relativos al cumplimiento de la misión del Sector Defensa.
-
- Señalar los criterios para la formulación del plan anual de gestión del despacho, impartir su aprobación y velar por su estricto cumplimiento.
-
- Estudiar los informes de las distintas dependencias que tiene a su cargo, con el fin de rendir informes al Ministro y presentarle las observaciones pertinentes.
-
- Presidir las Juntas y/o Consejos Directivos de las entidades adscritas y/o vinculadas, cuando el Ministro de Defensa Nacional le haya encomendado esta función.
-
- Asistir al Ministro en la formulación de las políticas en relación con las Entidades Descentralizadas en las cuales se le haya encomendado la función de presidir su junta o consejo directivo.
-
- Verificar que las decisiones adoptadas por las Juntas o Consejos Directivos se lleven a cabo y respondan a las políticas y criterios formulados por el Ministro.
-
- Llevar la representación del Ministro en las actuaciones oficiales que este le señale.
-
- Ejercer las funciones que le delegue el Ministro, la ley y las disposiciones legales vigentes
-
- Realizar las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia.
Artículo 4º. Funciones de la Dirección de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario, DIH, y Asuntos Internacionales. Corresponde a la Dirección de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario, DIH, y Asuntos Internacionales, el ejercicio de las siguientes funciones:
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- Difundir la política gubernamental en materia de promoción, respeto y garantía de los derechos humanos y de aplicación del derecho internacional humanitario por parte de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, y hacer su seguimiento.
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- Asesorar al Ministro y al Viceministro en la formulación de las políticas sectoriales de capacitación, protección, difusión, respeto y defensa de los derechos fundamentales, los derechos humanos y el derecho internacional humanitario en el marco de las políticas gubernamentales sobre la materia.
-
- Apoyar a las entidades del Estado competentes en la labor de defensa de los intereses institucionales ante las instancias nacionales e internacionales de derechos humanos y derecho internacional humanitario.
-
- Proyectar y proponer los planes de acción necesarios para afianzar la cultura de derechos humanos y derecho internacional humanitario al interior de la Fuerza Pública.
-
- Proponer, asesorar y concretar proyectos de cooperación nacional e internacional para beneficio del Sector Defensa, en coordinación con la entidad estatal encargada de canalizar dicha cooperación.
-
- Asesorar al Ministro y al Viceministro en las materias propias de las relaciones internacionales que sean de interés para el Sector, en concordancia con las políticas y directrices que para tal efecto emitan la Presidencia de la República y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
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- Mantener actualizados los estudios sobre la situación interna e internacional de los países fronterizos y de aquellos que se consideren de interés para la política exterior del Estado.
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- Apoyar las reuniones del Ministro con sus homólogos en el continente y/o los que se consideren de importancia para el desarrollo de la política exterior en materia de diplomacia militar y policial.
-
- Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores y las Oficinas de Asuntos Internacionales de las entidades del Estado la ejecución de la política exterior en materia de diplomacia militar y policial.
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- Coordinar la ejecución de las políticas del Sector Defensa en materia de asuntos internacionales con el Comando General de las Fuerzas Militares y la Dirección General de la Policía Nacional.
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- Realizar las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 5º. Funciones de la Dirección de Comunicación Corporativa. Corresponde a la Dirección de Comunicación Corporativa, el ejercicio de las siguientes funciones:
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- Velar por el fortalecimiento, mejoramiento y mantenimiento de la imagen institucional.
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- Asesorar al Ministro y a los Viceministros en la formulación y ejecución de políticas y estrategias del Ministerio, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, relacionadas con comunicación externa y organizacional, prensa, protocolo, información y relaciones con medios internacionales.
-
- Planear, organizar y ejecutar las actividades relacionadas con información, prensa, medios de comunicación y protocolo que atañen al Ministro.
-
- Diseñar, estructurar y construir los medios y los productos de comunicación del Ministerio de Defensa Nacional.
-
- Coordinar, supervisar y ejecutar todo lo relacionado con protocolo militar oficial requerido para ceremonias y eventos que sean de responsabilidad del Gabinete Ministerial.
-
- Generar información pública sobre el Ministerio de Defensa para los medios y la opinión pública.
-
- Proponer políticas y coordinar acciones referentes a la red de información del Ministerio, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
-
- Integrar y liderar los criterios intrainstitucionales en las diferentes áreas de comunicación corporativa.
-
- Realizar las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia.
Artículo 6º. Funciones del Despacho del Viceministro de Gestión Institucional. Corresponde al Despacho del Viceministro de Gestión Institucional el ejercicio de las siguientes funciones:
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- Asesorar al Ministro en la formulación de políticas y planes de acción del Ministerio y asistirlo en las funciones de dirección, coordinación y control que le correspondan.
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- Asistir al Ministro en la organización y disposición de los recursos asignados al Ministerio.
-
- Dirigir, supervisar y controlar la aplicación de políticas sobre ejecución presupuestal, aspectos contables y de tesorería, establecidas en el Ministerio.
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- Coordinar con las diferentes unidades presupuestales la ejecución del presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional.
-
- Señalar los criterios para la formulación del plan anual de gestión de su despacho, impartir su aprobación y velar por su estricto cumplimiento.
-
- Estudiar los informes de las distintas dependencias que tiene a su cargo con el fin de rendir informes al Ministro y presentarle las observaciones pertinentes.
-
- Presidir el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional por delegación del Ministro en los términos de la Ley 352 de 1997.
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- Garantizar el sistema de control interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones, a través de la Oficina de Control Interno del Ministerio.
-
- Planear y ejecutar los recursos asignados al Fondo de Defensa Nacional.
-
- Presidir las Juntas y/o Consejos Directivos de las entidades adscritas y/o vinculadas, cuando el Ministro de Defensa Nacional le haya encomendado esta función.
-
- Asistir al Ministro en la formulación de las políticas en relación con las Entidades Descentralizadas en las cuales se le haya encomendado la función de presidir su junta o consejo directivo.
-
- Verificar que las decisiones adoptadas por las Juntas o Consejos Directivos se lleven a cabo y respondan a las políticas y criterios formulados por el Ministro.
-
- Coordinar la Administración y Dirección del Circulo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, en los términos y para los efectos de los Decretos 1826 de 1962, 1132 de 1963 y 1083 de 1987 y normas que los modifiquen o adicionen.
-
- Llevar la representación del Ministro en las actuaciones oficiales que este le señale.
-
- Ejercer las funciones que le delegue el Ministro, la ley y las disposiciones legales vigentes.
-
- Realizar las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia
Artículo 7º. Funciones de la Dirección de Finanzas. Corresponde a la Dirección de Finanzas, el ejercicio de las siguientes funciones:
-
- Cumplir las políticas relacionadas con el control de la ejecución del presupuesto que se le asigna al Ministerio de Defensa Nacional.
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- Asesorar a los funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional y a las Unidades Ejecutoras en asuntos financieros, relacionados con la ejecución y contabilización del presupuesto, incluyendo los recursos provenientes de programas de ayuda nacional o internacional.
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- Administrar el programa anual mensualizado de caja y cuenta única nacional, de acuerdo con la normatividad legal.
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- Asesorar y difundir las normas relacionadas con el área contable y fiscal a las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional, así como establecer procedimientos administrativos para proteger los fondos y bienes del Estado.
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- Consolidar los estados financieros y cuentas fiscales que elaboran las Unidades Ejecutoras con el propósito de presentarlos a la Contaduría General de la Nación, Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes y Contraloría General de la República.
-
- Controlar el recaudo de la cuota de compensación militar.
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- Controlar la ejecución del Programa Anual de Adquisiciones, PANA, en cada una de las Unidades Ejecutoras.
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- Dirigir y consolidar el Sistema Integrado de Información Financiera, SIIF, en el Ministerio de Defensa.
-
- Realizar las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia.
Artículo 8º. Funciones de la Oficina de Control Interno. Corresponde a la Oficina de Control Interno, el ejercicio de las siguientes funciones:
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- Asesorar y apoyar al Ministro, en el diseño, implantación y desarrollo de procesos relacionados con el Sistema de Control Interno en el Sector Defensa.
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- Planear, dirigir, organizar y coordinar el proceso de verificación y evaluación del sistema de control interno.
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- Verificar el efectivo funcionamiento del sistema de control interno, realizar su evaluación y recomendar las acciones conducentes para su desarrollo.
-
- Diseñar y fomentar la cultura del autocontrol y el mejoramiento continuo del Sector Defensa.
-
- Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno en el Sector Defensa.
-
- Realizar las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia.
Artículo 9º. Funciones de la Oficina Asesora de Planeación. Corresponde a la Oficina Asesora de Planeación, el ejercicio de las siguientes funciones:
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- Asesorar al Ministro sobre políticas, normas y metodología que articulen el planeamiento operativo con el logístico, para desarrollar la estrategia de Defensa Nacional.
-
- Efectuar análisis de escenarios que permitan conocer a mediano y largo plazo las necesidades de orden económico, político y social de la Fuerza Pública.
-
- Dirigir, coordinar y desarrollar el sistema integrado de planeamiento, programación y presupuestación como modelo de administración de recursos para el Sector Defensa.
-
- Establecer políticas y metodologías relacionadas con el sistema de evaluación de gestión y resultados del Sector Defensa.
-
- Establecer el sistema de información que soporte los procesos de planeamiento del Sector Defensa.
-
- Realizar las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia.
Artículo 10. Funciones de la Secretaría General. Corresponde a la Secretaría General, el ejercicio de las siguientes funciones:
-
- Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas del Ministerio.
-
- Presidir las Juntas y/o Consejos Directivos de las entidades adscritas y/o vinculadas, cuando el Ministro de Defensa Nacional le haya encomendado esta función.
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