por el cual se modifica la estructura de la Defensa Civil Colombiana y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2007-12-21
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 770 de 2005 suprimió el nivel Ejecutivo, por lo cual es necesario modificar la estructura de la Defensa Civil Colombiana, para ajustarla a la citada norma;

Que en la sesión del 29 de marzo de 2007, según Acta número 002, el Consejo Directivo decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura de la Defensa Civil Colombiana,

DECRETA:

CAPITULO I

Estructura y Funciones de las Dependencias

Artículo 1°. La estructura de la Defensa Civil Colombiana, será la siguiente:
Artículo 2°.Funciones del Consejo Directivo. Corresponde al Consejo Directivo ejecutar las siguientes funciones:
Artículo 3°.Funciones de la Dirección General. Son funciones de la Dirección General, las siguientes:
Artículo 4°.Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:
Artículo 5°.Oficina Asesora de Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora de Jurídica, las siguientes:
Artículo 6°.Oficina Asesora de Planeación e Informática. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación e Informática, las siguientes:
Artículo 7°.Subdirección Administrativa y Financiera. Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera, las siguientes:

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