Por el cual se reforma el Decreto número 2298 de noviembre 6 de 1957
La Junta Militar de Gobierno de Colombia,
obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 120 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo segundo del Decreto 2298 de noviembre 4 de 1957, al hacer la distribución de las sumas acordadas como subsidio del Gobierno Nacional a las Empresas de Navegación Fluvial y Aérea, fijó la cantidad de $ 97.200.00 para la Empresa Líneas Aéreas Colombianas Expresas LACE fijación que se hizo por error, ya que tal cantidad corresponde a la Empresa Líneas Aéreas del Caribe, Limitada LIDCA,
DECRETA:
Artículo primero. Refórmase la parte pertinente del artículo segundo del Decretó número 2298 de noviembre 6 de 1957, en el sentido de destinar como subsidió la cantidad, de S 97.200.00 por anualidad, o sea a razón de $ 8.150.00 por cada mes a la Empresa de Aviación Líneas Aéreas del Caribe, Limitada LIDCA, en lugar de la Empresa LACE, a partir del 17 de septiembre de 1957.
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de marzo de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Fomento. Harold H Eder.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda.
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