Por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Relaciones Exteriores

Rango Decreto
Publicación 1960-03-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, en especial de las que le confiere el artículo 26 de la Ley 19 de 1958 y previo concepto del Consejo de Ministros,

CONSIDERANDO

que el Ministerio de Relaciones Exteriores se ha trasladado al Palacio de Nariño, y que en la nueva sede requiere personal para servicios no contemplados en la nómina actual de dicho Ministerio,

DECRETA:

Artículo primero. Créanse, a partir del 1º de marzo del año en curso, los siguientes cargos en el Ministerio de Relaciones Exteriores
Artículo segundo. El Ministerio de Hacienda y crédito Público abrirá los créditos correspondientes para atender al pago de los servicios creados por el presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1º de marzo de 1900.

ALBERTO LLERAS

El .Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio César Turbay Ayala.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Hernando Agudelo Villa

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